Tras el proceso de separación puede aparecer un rechazo de los hijos/as en común hacia uno de los progenitores. El rechazo puede ser primario o secundario, el primero como reacción inmediata a la ruptura de pareja y el secundario aparece en separaciones más lentamente gestadas.
La existencia del rechazo a uno de los progenitores va a suponer la aparición de conflictos en el desarrollo del régimen de visitas. Ante esta situación, uno de los dos progenitores, normalmente el rechazado, pone en conocimiento del órgano judicial la situación lo que producirá un aumento del rechazo del/la menor. Tras esta situación aparecerán múltiples problemas en las relaciones paterno-filiales con el progenitor no aceptado. Finalmente tendrá como consecuencia directa la desaparición de las relaciones filiales por la negativa de los/as menores
El rechazo primario aparece en los momentos inmediatos a la separación. Es propio de rupturas bruscas e impulsivas, en las que se dan los siguientes factores:
• El progenitor rechazado (habitualmente el padre) abandona el hogar de forma inesperada o tras haber iniciado una relación afectiva extramatrimonial.
• Los hijos no reciben una explicación conjunta por parte de sus progenitores acerca de lo que está ocurriendo.
• Descubren que el progenitor rechazado se ha ido a través del progenitor aceptado (habitualmente la madre), quien no puede ocultar los sentimientos que ello le produce.
• El progenitor rechazado intenta que sus hijos se adapten de forma inmediata a su nueva realidad.
• Los hijos presentan resistencias para ello, pues su deseo es contrario a la ruptura.
• El progenitor rechazado culpabiliza al progenitor aceptado porque los niños no quieren verle y le exhorta para que los obligue.
• El progenitor aceptado se siente identificado con sus hijos. No puede obligarles.
• El progenitor rechazado pone la cuestión en manos del juzgado y pide al juez que se obligue al progenitor aceptado para que pueda ver a sus hijos.
• Hay descalificaciones durante el proceso legal que acrecientan las dificultades emocionales.
• Los hijos pueden ser llamados al juzgado para expresar los motivos por los que no quieren ver al progenitor rechazado.